lunes, 26 de octubre de 2015

La falta de medios de los equipos psicosociales retrasa los divorcios conflictivos más de un año

La falta de medios de los equipos psicosociales retrasa los divorcios conflictivos más de un año


Los psicólogos y trabajadores sociales de la Junta de Andalucía evalúan a los menores y a sus padres en una entrevista.  Los psicólogos y trabajadores sociales de la Junta de Andalucía evalúan a los menores y a sus padres en una entrevista. / R.I.
Los jueces piden ayuda a trabajadores sociales y psicólogos antes de sentenciar los casos difíciles, pero los técnicos están colapsados


ÁNGELES PEÑALVER 
GRANADA

25 octubre 2015
Los psicólogos y trabajadores sociales de la Junta de Andalucía evalúan a los menores y a sus padres en una entrevista.
Los psicólogos y trabajadores sociales de la Junta de Andalucía evalúan a los menores y a sus padres en una entrevista. / R.I.

El decano de los jueces granadinos, Jesús Rodríguez Alcázar, pidió hace poco, y sin paliativos, que se refuerce a los equipos psicosociales de los juzgados de familia, que están acumulando retrasos muy serios en la emisión de valoraciones relativas -especialmente- a los procesos de divorcio o a la revisión de medidas de estos. «Son situaciones con menores que no pueden empantanarse más de un año sólo para un informe. Es un perjuicio para los menores que no se puede consentir», recalcaba el magistrado.

Mientras llega la sentencia final, la tensión suele aumentar entre quienes se divorcian y, al no haber un dictamen, las peleas entre los cónyuges se incrementan por aspectos sin resolver, como el régimen de visitas o las pensiones por alimentos.

Los psicólogos y los trabajadores sociales adscritos a los juzgados tienen que explorar a las familias y con sus informes ayudar a los jueces -cuando ambos padres piden la custodia individual o uno solicita la compartida- a decidir con quién vivirán los hijos de las parejas rotas. En el supuesto de que se vaya a dar una custodia compartida, esos estudios previos sirven para ratificar que los dos progenitores son aptos para cuidar del niño. Los equipos psicosociales que intervienen en los procesos de divorcio están adscritos a los juzgados de Familia y dependen de la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía, que debe proveerlos de medios. Pero faltan recursos personales, y muchos.

La periodista pregunta en uno de los cuatro equipos técnicos psicosociales de los juzgados de Granada sobre la falta medios y un responsable dirige a la interlocutora directamente al Gabinete de Prensa de la Junta de Andalucía, la administración responsable. «Sí que hay retrasos en la emisión de esos informes, para qué decir otra cosa», reconoce una fuente de la Consejería de Justicia que no quiere dar su nombre.

Según la abogada de familia granadina María Victoria Morenate, el aumento en los últimos años de las peticiones de custodia compartida en los procesos de divorcio y de modificación de medidas ha provocado tal colapso que los informes de los equipos psicosociales tardan hasta un año en emitirse. Siempre que hay una petición de custodia compartida en un proceso judicial es obligado estudiar el caso por esos equipos. «Trabajan muy bien. Llegan a pasar una mañana con el padre, la madre, los niños, para ver la interacción entre ellos. Incluso estudian el entorno familiar y del colegio, pero tienen tal avalancha de casos que las demoras son muy graves», apostilla la letrada. Ella -por ejemplo- lleva entre manos un caso en el que se ha pedido el informe en junio de 2015 y se le ha dado cita para octubre de 2016. Hasta entonces el juez no podrá dictar sentencia definitiva.

«Se adoptan medidas provisionales -siempre que lo pida una de las partes- dependiendo de qué juzgado te toque y tras celebrar un juicio oral. Ese régimen provisional se cumple hasta que finalmente llega el dictamen psicosocial y se dicta sentencia definitiva», narra Morenate, quien observa que en Granada cada vez se dan más custodias compartidas. «Es previsible que a partir de ahora aumenten la modificaciones de medidas para revisar custodias compartidas que ya se haya demostrado que son perjudiciales para el menor», adelanta.

Casi 2.000 divorcios al año

En Granada, el año pasado se firmaron 1.849 divorcios, el 71% de ellos fue de mutuo acuerdo, pero 520 llegaron al contencioso. En 49 casos obtuvo la custodia al padre; en 875, la madre. Y se llevaron a cabo 129 custodias compartidas. El resto, 780, figuran en la estadísticas del INE como 'No procede'.

Frente a eso, en 2010, cuando hubo 2005 divorcios, esto es, un 8,4% más que el año pasado, sólo se formalizaron 58 custodias compartidas. En cuatro años, las custodias compartidas concedidas han subido un 4%, pero las peticiones al juez para que sean adoptadas han sido muchas más. «Hasta hace alrededor de año y medio los psicosociales de Granada venían tardando cuatro o cinco meses en emitir los dictámenes, ahora se ha duplicado», sentencia Morenate.

Los abogados de familia denuncian que la sobrecarga de estos equipos está produciendo retrasos y alcanza cotas desproporcionadas en algunos juzgados, con esperas superiores incluso a un año para que los progenitores y los hijos puedan ser examinados. «Yo llevé un caso en Almería y allí tardaron dos meses en emitir el informe», explica Margarita F., abogada granadina.

El presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEFA), Gonzalo Pueyo, califica de muy grave el atasco de expedientes de los equipos psicosociales en los juzgados y no duda en achacar la situación a la falta de recursos en la que «los recortes han tenido mucho que ver». Y los retrasos atañen «precisamente a aquellas demandas más conflictivas y donde la resolución judicial afecta especialmente a menores de edad, cuyo interés es el más digno de protección», ahonda una magistrada de familia.

Estas exploraciones, que se hacen a padres e hijos, pueden ser solicitadas tanto por las partes en litigio como a instancias del juez. La tarea de los psicólogos, según explican varios profesionales, es descartar enfermedades mentales graves y evaluar la capacitación de los progenitores para cuidar de sus hijos. El retraso en los informes provoca demoras que eternizan los procesos de divorcio, alargando la etapa más tensa de una separación, que es siempre justo la anterior a que el juez dicte sentencia resolviendo sobre la custodia, según la abogada de familia, María Victoria Morenate.

http://www.ideal.es/granada/201510/25/falta-medios-equipos-psicosociales-20151023211411.html

sábado, 24 de octubre de 2015

La ideología de género, la mayor ofensiva mundial contra la familia



EL ÚLTIMO BASTIÓN DE LA LIBERTAD HUMANA

La ideología de género, la mayor ofensiva mundial contra la familia


La guía recién publicada por el Gobierno del PP abrazando la llamada 'ideología de género' confirma el empeño de las élites internacionales de imponer esta amenaza mortal a la familia.
Carlos Esteban


Miércoles, 21. Octubre 2015 - 23:45



Gracias a la guía recientemente publicada por el Gobierno, a través de su orwelliano Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales Sociales e Igualdad, 'Abrazar la diversidad: propuestas para una educación libre de acoso homofóbico y transfóbico', he acabado de confirmar dos extremos que ya conocía: que he sido educado -como todos, me apresuro a añadir- en el sexismo y la homofobia, y que la derecha oficial no es más que una izquierda lenta y timorata, aún más nihilista que la izquierda oficial porque ni siquiera inventa sus propios disparates. Y, por supuesto, sin que nadie desde la izquierda agradezca sus patéticos esfuerzos por imitar su progresismo. De hecho, todas las 'entidades colaboradoras' en la guía de marras son sólidamente partidarias de ideologías a la izquierda del PSOE.

En cuanto a lo primero, no se alarmen: no se trata de que maltrate a mujer alguna, propia o ajena, ni de que injurie a homosexual alguno por su orientación sexual; es solo que advierto que el hombre y la mujer -los dos únicos sexos que existen en biología- son (afortunadamente) diferentes y que la homosexualidad defina a la persona hasta el punto de constituir una 'identidad'. Eso basta y sobra para calificarme de sexista y homófobo, dos palabras de nuevo cuño que no tienen otra pretensión que evitar la reflexión y tapar bocas.

El carro al que se ha subido precipitadamente el Gobierno del PP con esta guía e iniciativas por el estilo, la llamada 'ideología de género', es el más vasto y grave intento internacional de destruir la familia como base de la sociedad y dejar así al individuo inerme ante un omnipresente y omnímodo Estado Providencia.


La Conferencia de Pekín

La ideología de género parte de la premisa de que los dos sexos -masculino y femenino- son meras 'construcciones culturales' y que lo que existe en realidad sin la imposición de un mítico 'Patriarcado' es un continuo amorfo cuya definición concreta corresponde al arbitrio de cada individuo. Hasta cierto punto es una derivación del feminismo, el llamado 'feminismo de género', que el psicólogo y popularizador científico canadiense Steven Pinker define como "una doctrina empírica comprometida con tres tesis sobre la naturaleza humana. La primera es que las diferencias entre hombres y mujeres no tienen nada que ver con la biología sino que son construcciones sociales por completo. La segunda es que los seres humanos poseen una única motivación social -el poder- y que la vida social solo puede entenderse en términos de cómo se ejerce. La tercera es que las interacciones humanas surgen no de las motivaciones individuales de la gente en su trato mutuo, sino de las motivaciones de grupos en relación con otros grupos, en este caso, el género masculino dominando al género femenino".

Naturalmente, una teoría tan ajena a la experiencia diaria continuada de la gente y a la historia toda de la humanidad requiere un esfuerzo enorme para implantarse, pero la empresa cuenta ya con veinte años y tiene animando a las élites culturales y a los gobiernos ni más ni menos que a la propia Organización de las Naciones Unidas.

Hace veinte años, la ONU llevó a cabo la Conferencia de Pekín sobre la Mujer, y su punto clave fue la definición de "género", palabra que aparece en casi todas las plataformas de la conferencia en más de 300 secciones. Si hasta entonces las palabras "sexo" y "género" se habían empleado más o menos indistintamente, el objetivo de Pekín era que cambiar radicalmente la definición de ambas.

La ideología de género dejó el 'sexo' reducido a su mínimo biológico, y en todo lo demás sustituyó la palabra por 'género', que haría referencia a papeles arbitrariamente asignados socialmente y perfectamente alterables a voluntad. Según esta ideología, las diferencias entre hombres no solo pueden, sino que deben ser eliminados para que hombres y mujeres participen en cualquier actividad social en números estadísticamente idénticos.

Hay un problema. Bueno, hay muchísimos, pero uno bastante obvio: la maternidad. El embarazo, el parto y el especial apego de la madre hacia su hijo y su deseo de implicarse lo más posible en su crianza son un obstáculo para esa perfecta igualdad, y debe ser desanimada en lo posible.

Suecia, campo de pruebas

Si el esfuerzo de la ONU en Pekín ha tenido o no éxito apenas hay que preguntárselo. Cada vez son más los países que aceptan llamar 'matrimonio' a las uniones de personas del mismo sexo o que alientan la fantasía de que un hombre puede convertirse en mujer en un quirófano y aún sin intervención médica alguna, meramente mediante un registro. Hasta hemos visto en el Senado norteamericano algunos legisladores defendiendo la práctica de Planned Parenthood de vender órganos de fetos viables.

Por supuesto, las bases racionales de esta ideología son tan frágiles y absurdas como usted estará sin duda pensando. Si los hombres se comportan como hombres obligados por condicionamientos sociales, ¿cómo sabemos que se están comportando 'como hombres' en primer lugar? ¿Comparado con qué criterio anterior a la cultura? ¿De dónde sale esa misteriosa 'cultura' que, aún más misteriosamente, no guarda relación con su base material, la realidad biológica?Simplemente tener que mantener un falsedad tan obvia es un esfuerzo enorme, tanto que los Estados y nuestos mandarines culturales no dejan de dedicarles enormes recursos y una vigilante atención a los detalles.

Si es necesario destruir siglos de tradición garantista en el derecho occidental minando la presunción de inocencia o la no discriminación, como hace la Ley de Violencia de Género aprobada por el Gobierno Zapatero y celosamente mantenida por el actual, pues se destruye sin pestañear. O se inventa un pronombre personal no marcado por el género -'hen-, ni él ni ella, como han llegado a hacer en Suecia.




http://www.gaceta.es/noticias/ideologia-genero-mayor-ofensiva-mundial-familia-21102015-2345

jueves, 1 de octubre de 2015

La Agencia Española de Protección de Datos da la razón a un padre al que se le denegó información en el colegio donde estudia el hijo.

La Agencia Española de Protección de Datos da la razón a un padre al que se le denegó información en el colegio donde estudia el hijo.




La Agencia Española de Protección de Datos da la razón a un padre al que se le denegó información en el colegio donde estudia el hijo.
by admin in Actualidad
El padre reclamó ante la AEPD al no facilitarle el Colegio la información precisa sobre el hijo.

El padre invocó ante el Colegio su derecho de acceso a los datos personales de su hijo menor de edad, concretamente:

1) Fotocopia del documento original de matrícula de XXX en su centro en la que conste la fecha de alta e información del centro detallada, en el que además conste el código de centro autorizado por la Comunidad de Madrid para educación infantil, condiciones educativas, alimentarias y sanitarias del centro, horarios, información de tutores o responsables de XXX, así como documentación que acredite el importe mensual que se abona en concepto de XXX (en el que se especifiquen los conceptos concretos).

2) informes y comunicados que, en su caso, se hayan elaborado en el Centro que conciernan a la educación y desarrollo de XXX y que se hayan puesto a disposición de la madre de XXX, Dª (…), o que sea necesario que yo, como padre de XXX deba tener en mi poder, en concreto cualquier curso o actividad escolar o extraescolar que se le imparta.

3) Detalle de las ausencias de XXX en el centro por causa justificada o injustificada.

4) Persona responsable de XXX en dicho centro y número de teléfono de contacto.

Asimismo requirió que cualquier comunicación que ese centro efectúe a la madre de XXX, Dª (…), de aquí en adelante, ya sea realizada por el profesor tutor, profesorado del centro escolar o directivos, tanto por medio escrito, electrónico como verbal, en todo lo que se refiera a la salud y educación (a modo de ejemplo, ausencias del centro por enfermedad, reuniones con el responsable, enfermedad sobrevenida, etc.), sea facilitada en paralelo a mi dirección de correo electrónico ssss@sss.zz y/o en mi número de teléfono 000000.”

Señaló la Resolución de la AEPD que el derecho de acceso es uno de los derechos que la LOPD reconoce a los ciudadanos para que puedan defender su privacidad controlando por sí mismo el uso que se hace de sus datos personales. Este derecho se encuentra regulado en el Título III de la LOPD –art. 15—y en el Título III del RLOPD.

El derecho de acceso es un derecho que concede al interesado la posibilidad de comprobar si se dispone información sobre uno mismo y conocer el origen del que procede, la existencia y finalidad con la que se conserva. Así, el derecho de acceso previsto en la LOPD consiste en obtener información de los datos personales de base registrados en los términos indicados en el artículo 29.3 anteriormente trascrito, pero no ampara el acceso a documentos concretos, ya que dichos documentos pueden contener información relativa a terceras personas. Ello con independencia de que otra normativa ampare la obtención de dicha documentación, como podría ser, en este caso, entre otras, la de educación. Las reclamaciones en estos supuestos se deberán dirigir a las instancias competentes.

La solicitud del reclamante se centra, como él mismo manifiesta, no sólo en los datos personales del hijo menor de edad, sino en copias de diversos documentos e informes sobre la evolución del niño en los que podrían constar datos de terceros.

En consecuencia, en el presente expediente se analiza únicamente el derecho de acceso a los datos personales de su hijo menor de edad amparados en la LOPD como ya se ha señalado anteriormente.

En este contexto anteriormente analizado y de la documentación aportada no queda suficientemente acreditado que la Escuela Infantil haya facilitado el acceso a los datos de base personales de su hijo menor tal como establecen los artículos 25.5 y 29 de la LOPD transcritos.

Por ello, se estimó la reclamación de Tutela de Derechos, debiendo el Centro Escolar facilitarle todos los datos de base que sobre el menor consten en sus ficheros, sin que se puedan facilitar datos de la madre o de terceras personas , hecho que podría  suponer la cesión sin consentimiento de dichos datos.

http://www.lexfamily.eu/la-agencia-espanola-de-proteccion-de-datos-da-la-razon-a-un-padre-al-que-se-le-denego-informacion-en-el-colegio-donde-estudia-el-hijo/