lunes, 14 de diciembre de 2015

CORTES GENERALES Y CUSTODIA COMPARTIDA EN ESPAÑA

CORTES GENERALES Y CUSTODIA COMPARTIDA EN ESPAÑA


Diego Becerril Ruiz 
Universidad de Granada 
becerril@ugr.es 

La custodia compartida adquiere presencia en la sociedad española una vez transformados sus modelos y roles familiares y, por consiguiente, los  procesos de ruptura matrimonial. Si se verifica un cambio hacia la igualdad en la pareja, es lógico que se demanden los mismos parámetros tras su ruptura. El presente trabajo analiza el tratamiento de la custodia compartida en las Cortes Generales españolas, donde los representantes políticos esgrimen sus respectivas posiciones ideológicas y han abanderado la posición de distintos sectores. Sus argumentos y réplicas son recogidos como representación de la opinión social. 

1.- La custodia en la regulación de la Ley del divorcio 

2.- Violencia familiar y custodia de los hijos 

3.- La custodia compartida en la reforma de 2005 

4.- Seguimiento y análisis de la reforma de 2005  

5.- Hacia la custodia compartida como opción preferente 

6.- La aparición de la Ley sobre Custodia Compartida 

Enlace para descargar: 
https://www.dropbox.com/s/nbe2jh7zhrarxl9/Cortes%20Generales%20y%20CC%20en%20Espa%C3%B1a.pdf?dl=0



lunes, 16 de noviembre de 2015

I JORNADAS SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO Y VIOLENCIA EN EL AMBITO FAMILIAR EN ESPAÑA - CONSECUENCIAS PARA LOS HIJOS

I JORNADAS SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO Y VIOLENCIA EN EL AMBITO FAMILIAR EN ESPAÑA

CONSECUENCIAS PARA LOS HIJOS

25 de NOVIEMBRE de 2015

Organiza: Asociación Granada para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (GDIE).

Colabora: AYUNTAMIENTO DE ALHENDIN, provincia de GRANADA. 

Moderación: D. Anibal Moreno
– Secretario General de la Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).

PROGRAMA:

9:00h  - Inauguración.

D. Francisco Rodriguez
- Alcalde de Alhendín.

9:10h  - Protección y Defensa de los Derechos de los Menores de edad en los procesos de nulidad/separación o divorcio  en España. 

D. Manuel Altava Lavall
             Senador del Grupo Parlamentario Popular. Doctor en Derecho y Magistrado excedente.

10:00h - La Violencia de Género en el actual Código Civil.

Dª. Marta Morillas Fernández.
             Profesora de Derecho Civil, (UGR). Acreditada a Titular.

10:50h  - La Violencia Generacional entre Padres e Hijos.

D. Diego Becerril Ruiz. 
Profesor Titular. Director del Dpto. de Sociología, (UGR).

11:40h – DESCANSO, (Lectura del Manifiesto y seguidamente).

12:20h  -Atención a las Víctimas de Violencia de Género y de Violencia en el Ámbito Familiar.

Dª. Inmaculada Ocaña de Valdivia.
             Presidenta de la Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE).

D. Antonio Luis Maldonado Cervera.
            Psicólogo Clinico y Forense. Director de Centro de Psicología ALBORAN.

13:30h Clausura.

Dirección: Plaza de España, s/n. Salón de Plenos del Ayuntamiento de Alhendín, Granada.





Saludos cordiales.
ASOCIACIÓN GRANADA PARA LA DEFENSA DE LA IGUALDAD EFECTIVA, (GDIE).


lunes, 26 de octubre de 2015

La falta de medios de los equipos psicosociales retrasa los divorcios conflictivos más de un año

La falta de medios de los equipos psicosociales retrasa los divorcios conflictivos más de un año


Los psicólogos y trabajadores sociales de la Junta de Andalucía evalúan a los menores y a sus padres en una entrevista.  Los psicólogos y trabajadores sociales de la Junta de Andalucía evalúan a los menores y a sus padres en una entrevista. / R.I.
Los jueces piden ayuda a trabajadores sociales y psicólogos antes de sentenciar los casos difíciles, pero los técnicos están colapsados


ÁNGELES PEÑALVER 
GRANADA

25 octubre 2015
Los psicólogos y trabajadores sociales de la Junta de Andalucía evalúan a los menores y a sus padres en una entrevista.
Los psicólogos y trabajadores sociales de la Junta de Andalucía evalúan a los menores y a sus padres en una entrevista. / R.I.

El decano de los jueces granadinos, Jesús Rodríguez Alcázar, pidió hace poco, y sin paliativos, que se refuerce a los equipos psicosociales de los juzgados de familia, que están acumulando retrasos muy serios en la emisión de valoraciones relativas -especialmente- a los procesos de divorcio o a la revisión de medidas de estos. «Son situaciones con menores que no pueden empantanarse más de un año sólo para un informe. Es un perjuicio para los menores que no se puede consentir», recalcaba el magistrado.

Mientras llega la sentencia final, la tensión suele aumentar entre quienes se divorcian y, al no haber un dictamen, las peleas entre los cónyuges se incrementan por aspectos sin resolver, como el régimen de visitas o las pensiones por alimentos.

Los psicólogos y los trabajadores sociales adscritos a los juzgados tienen que explorar a las familias y con sus informes ayudar a los jueces -cuando ambos padres piden la custodia individual o uno solicita la compartida- a decidir con quién vivirán los hijos de las parejas rotas. En el supuesto de que se vaya a dar una custodia compartida, esos estudios previos sirven para ratificar que los dos progenitores son aptos para cuidar del niño. Los equipos psicosociales que intervienen en los procesos de divorcio están adscritos a los juzgados de Familia y dependen de la Consejería de Justicia de la Junta de Andalucía, que debe proveerlos de medios. Pero faltan recursos personales, y muchos.

La periodista pregunta en uno de los cuatro equipos técnicos psicosociales de los juzgados de Granada sobre la falta medios y un responsable dirige a la interlocutora directamente al Gabinete de Prensa de la Junta de Andalucía, la administración responsable. «Sí que hay retrasos en la emisión de esos informes, para qué decir otra cosa», reconoce una fuente de la Consejería de Justicia que no quiere dar su nombre.

Según la abogada de familia granadina María Victoria Morenate, el aumento en los últimos años de las peticiones de custodia compartida en los procesos de divorcio y de modificación de medidas ha provocado tal colapso que los informes de los equipos psicosociales tardan hasta un año en emitirse. Siempre que hay una petición de custodia compartida en un proceso judicial es obligado estudiar el caso por esos equipos. «Trabajan muy bien. Llegan a pasar una mañana con el padre, la madre, los niños, para ver la interacción entre ellos. Incluso estudian el entorno familiar y del colegio, pero tienen tal avalancha de casos que las demoras son muy graves», apostilla la letrada. Ella -por ejemplo- lleva entre manos un caso en el que se ha pedido el informe en junio de 2015 y se le ha dado cita para octubre de 2016. Hasta entonces el juez no podrá dictar sentencia definitiva.

«Se adoptan medidas provisionales -siempre que lo pida una de las partes- dependiendo de qué juzgado te toque y tras celebrar un juicio oral. Ese régimen provisional se cumple hasta que finalmente llega el dictamen psicosocial y se dicta sentencia definitiva», narra Morenate, quien observa que en Granada cada vez se dan más custodias compartidas. «Es previsible que a partir de ahora aumenten la modificaciones de medidas para revisar custodias compartidas que ya se haya demostrado que son perjudiciales para el menor», adelanta.

Casi 2.000 divorcios al año

En Granada, el año pasado se firmaron 1.849 divorcios, el 71% de ellos fue de mutuo acuerdo, pero 520 llegaron al contencioso. En 49 casos obtuvo la custodia al padre; en 875, la madre. Y se llevaron a cabo 129 custodias compartidas. El resto, 780, figuran en la estadísticas del INE como 'No procede'.

Frente a eso, en 2010, cuando hubo 2005 divorcios, esto es, un 8,4% más que el año pasado, sólo se formalizaron 58 custodias compartidas. En cuatro años, las custodias compartidas concedidas han subido un 4%, pero las peticiones al juez para que sean adoptadas han sido muchas más. «Hasta hace alrededor de año y medio los psicosociales de Granada venían tardando cuatro o cinco meses en emitir los dictámenes, ahora se ha duplicado», sentencia Morenate.

Los abogados de familia denuncian que la sobrecarga de estos equipos está produciendo retrasos y alcanza cotas desproporcionadas en algunos juzgados, con esperas superiores incluso a un año para que los progenitores y los hijos puedan ser examinados. «Yo llevé un caso en Almería y allí tardaron dos meses en emitir el informe», explica Margarita F., abogada granadina.

El presidente de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEFA), Gonzalo Pueyo, califica de muy grave el atasco de expedientes de los equipos psicosociales en los juzgados y no duda en achacar la situación a la falta de recursos en la que «los recortes han tenido mucho que ver». Y los retrasos atañen «precisamente a aquellas demandas más conflictivas y donde la resolución judicial afecta especialmente a menores de edad, cuyo interés es el más digno de protección», ahonda una magistrada de familia.

Estas exploraciones, que se hacen a padres e hijos, pueden ser solicitadas tanto por las partes en litigio como a instancias del juez. La tarea de los psicólogos, según explican varios profesionales, es descartar enfermedades mentales graves y evaluar la capacitación de los progenitores para cuidar de sus hijos. El retraso en los informes provoca demoras que eternizan los procesos de divorcio, alargando la etapa más tensa de una separación, que es siempre justo la anterior a que el juez dicte sentencia resolviendo sobre la custodia, según la abogada de familia, María Victoria Morenate.

http://www.ideal.es/granada/201510/25/falta-medios-equipos-psicosociales-20151023211411.html

sábado, 24 de octubre de 2015

La ideología de género, la mayor ofensiva mundial contra la familia



EL ÚLTIMO BASTIÓN DE LA LIBERTAD HUMANA

La ideología de género, la mayor ofensiva mundial contra la familia


La guía recién publicada por el Gobierno del PP abrazando la llamada 'ideología de género' confirma el empeño de las élites internacionales de imponer esta amenaza mortal a la familia.
Carlos Esteban


Miércoles, 21. Octubre 2015 - 23:45



Gracias a la guía recientemente publicada por el Gobierno, a través de su orwelliano Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales Sociales e Igualdad, 'Abrazar la diversidad: propuestas para una educación libre de acoso homofóbico y transfóbico', he acabado de confirmar dos extremos que ya conocía: que he sido educado -como todos, me apresuro a añadir- en el sexismo y la homofobia, y que la derecha oficial no es más que una izquierda lenta y timorata, aún más nihilista que la izquierda oficial porque ni siquiera inventa sus propios disparates. Y, por supuesto, sin que nadie desde la izquierda agradezca sus patéticos esfuerzos por imitar su progresismo. De hecho, todas las 'entidades colaboradoras' en la guía de marras son sólidamente partidarias de ideologías a la izquierda del PSOE.

En cuanto a lo primero, no se alarmen: no se trata de que maltrate a mujer alguna, propia o ajena, ni de que injurie a homosexual alguno por su orientación sexual; es solo que advierto que el hombre y la mujer -los dos únicos sexos que existen en biología- son (afortunadamente) diferentes y que la homosexualidad defina a la persona hasta el punto de constituir una 'identidad'. Eso basta y sobra para calificarme de sexista y homófobo, dos palabras de nuevo cuño que no tienen otra pretensión que evitar la reflexión y tapar bocas.

El carro al que se ha subido precipitadamente el Gobierno del PP con esta guía e iniciativas por el estilo, la llamada 'ideología de género', es el más vasto y grave intento internacional de destruir la familia como base de la sociedad y dejar así al individuo inerme ante un omnipresente y omnímodo Estado Providencia.


La Conferencia de Pekín

La ideología de género parte de la premisa de que los dos sexos -masculino y femenino- son meras 'construcciones culturales' y que lo que existe en realidad sin la imposición de un mítico 'Patriarcado' es un continuo amorfo cuya definición concreta corresponde al arbitrio de cada individuo. Hasta cierto punto es una derivación del feminismo, el llamado 'feminismo de género', que el psicólogo y popularizador científico canadiense Steven Pinker define como "una doctrina empírica comprometida con tres tesis sobre la naturaleza humana. La primera es que las diferencias entre hombres y mujeres no tienen nada que ver con la biología sino que son construcciones sociales por completo. La segunda es que los seres humanos poseen una única motivación social -el poder- y que la vida social solo puede entenderse en términos de cómo se ejerce. La tercera es que las interacciones humanas surgen no de las motivaciones individuales de la gente en su trato mutuo, sino de las motivaciones de grupos en relación con otros grupos, en este caso, el género masculino dominando al género femenino".

Naturalmente, una teoría tan ajena a la experiencia diaria continuada de la gente y a la historia toda de la humanidad requiere un esfuerzo enorme para implantarse, pero la empresa cuenta ya con veinte años y tiene animando a las élites culturales y a los gobiernos ni más ni menos que a la propia Organización de las Naciones Unidas.

Hace veinte años, la ONU llevó a cabo la Conferencia de Pekín sobre la Mujer, y su punto clave fue la definición de "género", palabra que aparece en casi todas las plataformas de la conferencia en más de 300 secciones. Si hasta entonces las palabras "sexo" y "género" se habían empleado más o menos indistintamente, el objetivo de Pekín era que cambiar radicalmente la definición de ambas.

La ideología de género dejó el 'sexo' reducido a su mínimo biológico, y en todo lo demás sustituyó la palabra por 'género', que haría referencia a papeles arbitrariamente asignados socialmente y perfectamente alterables a voluntad. Según esta ideología, las diferencias entre hombres no solo pueden, sino que deben ser eliminados para que hombres y mujeres participen en cualquier actividad social en números estadísticamente idénticos.

Hay un problema. Bueno, hay muchísimos, pero uno bastante obvio: la maternidad. El embarazo, el parto y el especial apego de la madre hacia su hijo y su deseo de implicarse lo más posible en su crianza son un obstáculo para esa perfecta igualdad, y debe ser desanimada en lo posible.

Suecia, campo de pruebas

Si el esfuerzo de la ONU en Pekín ha tenido o no éxito apenas hay que preguntárselo. Cada vez son más los países que aceptan llamar 'matrimonio' a las uniones de personas del mismo sexo o que alientan la fantasía de que un hombre puede convertirse en mujer en un quirófano y aún sin intervención médica alguna, meramente mediante un registro. Hasta hemos visto en el Senado norteamericano algunos legisladores defendiendo la práctica de Planned Parenthood de vender órganos de fetos viables.

Por supuesto, las bases racionales de esta ideología son tan frágiles y absurdas como usted estará sin duda pensando. Si los hombres se comportan como hombres obligados por condicionamientos sociales, ¿cómo sabemos que se están comportando 'como hombres' en primer lugar? ¿Comparado con qué criterio anterior a la cultura? ¿De dónde sale esa misteriosa 'cultura' que, aún más misteriosamente, no guarda relación con su base material, la realidad biológica?Simplemente tener que mantener un falsedad tan obvia es un esfuerzo enorme, tanto que los Estados y nuestos mandarines culturales no dejan de dedicarles enormes recursos y una vigilante atención a los detalles.

Si es necesario destruir siglos de tradición garantista en el derecho occidental minando la presunción de inocencia o la no discriminación, como hace la Ley de Violencia de Género aprobada por el Gobierno Zapatero y celosamente mantenida por el actual, pues se destruye sin pestañear. O se inventa un pronombre personal no marcado por el género -'hen-, ni él ni ella, como han llegado a hacer en Suecia.




http://www.gaceta.es/noticias/ideologia-genero-mayor-ofensiva-mundial-familia-21102015-2345

jueves, 1 de octubre de 2015

La Agencia Española de Protección de Datos da la razón a un padre al que se le denegó información en el colegio donde estudia el hijo.

La Agencia Española de Protección de Datos da la razón a un padre al que se le denegó información en el colegio donde estudia el hijo.




La Agencia Española de Protección de Datos da la razón a un padre al que se le denegó información en el colegio donde estudia el hijo.
by admin in Actualidad
El padre reclamó ante la AEPD al no facilitarle el Colegio la información precisa sobre el hijo.

El padre invocó ante el Colegio su derecho de acceso a los datos personales de su hijo menor de edad, concretamente:

1) Fotocopia del documento original de matrícula de XXX en su centro en la que conste la fecha de alta e información del centro detallada, en el que además conste el código de centro autorizado por la Comunidad de Madrid para educación infantil, condiciones educativas, alimentarias y sanitarias del centro, horarios, información de tutores o responsables de XXX, así como documentación que acredite el importe mensual que se abona en concepto de XXX (en el que se especifiquen los conceptos concretos).

2) informes y comunicados que, en su caso, se hayan elaborado en el Centro que conciernan a la educación y desarrollo de XXX y que se hayan puesto a disposición de la madre de XXX, Dª (…), o que sea necesario que yo, como padre de XXX deba tener en mi poder, en concreto cualquier curso o actividad escolar o extraescolar que se le imparta.

3) Detalle de las ausencias de XXX en el centro por causa justificada o injustificada.

4) Persona responsable de XXX en dicho centro y número de teléfono de contacto.

Asimismo requirió que cualquier comunicación que ese centro efectúe a la madre de XXX, Dª (…), de aquí en adelante, ya sea realizada por el profesor tutor, profesorado del centro escolar o directivos, tanto por medio escrito, electrónico como verbal, en todo lo que se refiera a la salud y educación (a modo de ejemplo, ausencias del centro por enfermedad, reuniones con el responsable, enfermedad sobrevenida, etc.), sea facilitada en paralelo a mi dirección de correo electrónico ssss@sss.zz y/o en mi número de teléfono 000000.”

Señaló la Resolución de la AEPD que el derecho de acceso es uno de los derechos que la LOPD reconoce a los ciudadanos para que puedan defender su privacidad controlando por sí mismo el uso que se hace de sus datos personales. Este derecho se encuentra regulado en el Título III de la LOPD –art. 15—y en el Título III del RLOPD.

El derecho de acceso es un derecho que concede al interesado la posibilidad de comprobar si se dispone información sobre uno mismo y conocer el origen del que procede, la existencia y finalidad con la que se conserva. Así, el derecho de acceso previsto en la LOPD consiste en obtener información de los datos personales de base registrados en los términos indicados en el artículo 29.3 anteriormente trascrito, pero no ampara el acceso a documentos concretos, ya que dichos documentos pueden contener información relativa a terceras personas. Ello con independencia de que otra normativa ampare la obtención de dicha documentación, como podría ser, en este caso, entre otras, la de educación. Las reclamaciones en estos supuestos se deberán dirigir a las instancias competentes.

La solicitud del reclamante se centra, como él mismo manifiesta, no sólo en los datos personales del hijo menor de edad, sino en copias de diversos documentos e informes sobre la evolución del niño en los que podrían constar datos de terceros.

En consecuencia, en el presente expediente se analiza únicamente el derecho de acceso a los datos personales de su hijo menor de edad amparados en la LOPD como ya se ha señalado anteriormente.

En este contexto anteriormente analizado y de la documentación aportada no queda suficientemente acreditado que la Escuela Infantil haya facilitado el acceso a los datos de base personales de su hijo menor tal como establecen los artículos 25.5 y 29 de la LOPD transcritos.

Por ello, se estimó la reclamación de Tutela de Derechos, debiendo el Centro Escolar facilitarle todos los datos de base que sobre el menor consten en sus ficheros, sin que se puedan facilitar datos de la madre o de terceras personas , hecho que podría  suponer la cesión sin consentimiento de dichos datos.

http://www.lexfamily.eu/la-agencia-espanola-de-proteccion-de-datos-da-la-razon-a-un-padre-al-que-se-le-denego-informacion-en-el-colegio-donde-estudia-el-hijo/

martes, 28 de abril de 2015

La cúpula del poder judicial suscribe un acuerdo para impulsar la mediación

27/04/2015

Mediación es Justicia


Grupo Europeo de Magistrados por la Mediación de España




La cúpula del poder judicial suscribe un acuerdo para impulsar la mediación


 En el acto más importante que hasta ahora se ha celebrado en torno a la mediación en España, los presidentes del Tribunal Supremo, el Ministerio de Justicia y los Consejeros de Justicia de las doce Comunidades Autónomas que tienen transferidas competencias en esta materia, han suscrito con la Fiscal General del Estado un acuerdo para dar un impulso decisivo desde el ámbito de los tribunales para que la mediación, la justicia restaurativa y los métodos alternativos puedan ser una realidad en nuestro país.
Al solemne acto celebrado en la sede del Consejo General del Poder Judicial han asistido también la totalidad de los Presidentes de los Tribunales de Justicia de todo el país, los representantes de la abogacía, la procuraduría y el notariado, una nutrida representación de magistrados del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de las Audiencias Provinciales, junto con Fiscales, Secretarios Judiciales, y las más relevantes instituciones de mediación.

Ha sido especialmente destacada la presencia de miembros de la sección española de GEMME que ha venido impulsando la celebración de este acuerdo, que tiene carácter estatal. En este sentido ha asistido Lourdes Arastey, actual presidente, acompañada de Félix Pantoja y Pascual Ortuño, que también desempeñaron esta función anteriormente.

El Consejero de Justicia del País Vasco, Josu Erkoreka, que ha hablado en nombre de todas las CCAA ha expresado que es un acto histórico por ser la primera vez que todas las altas instituciones del Estado se comprometen con las Comunidades Autónomas de forma unánime y coordinada para dar soporte a la mediación. Ha dado cuenta de la generalización de la mediación en los juzgados y tribunales vascos, con unos índices de acuerdo sorprendentes, incluyendo la jurisdicción penal, que superan incluso los números de Cataluña, salvo en el ámbito de la jurisdicción de familia. La Secretaria de Estado de Justicia Carmen Sánchez Cortés, ha manifestado que ha llegado la hora de que los profesionales de la administración de justicia se incorporen a la mediación, y en este sentido ha realizado un llamamiento a los jueces, fiscales y secretarios judiciales para que estos métodos se prestigien desde dentro de la propia administración, y ha destacado la necesidad de que en es este empeño se trabaje de forma coordinada por todas las administraciones.

La Fiscal General del Estado ha destacado la calidad de la respuesta judicial cuando se utiliza la mediación en la justicia juvenil y en la reparación del daño a las víctimas de delitos. El presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, destacó que el actual consejo ha encargado a tres de sus vocales que trabajen en el impulso de la mediación: Álvaro Cuesta, Concepción Sáez y Juan Manuel Fernández, desde la perspectiva de que el principal papel de los jueces es el de ser promotores de la paz en la sociedad, y que con la mediación se incrementará la confianza de los ciudadanos en la justicia.

Los tres ejes del acuerdo radican en el intercambio de información y experiencias entre todas las instituciones, en el incremento de medios humanos y materiales en las unidades de mediación intrajudicial, y en garantizar la excelencia profesional en la formación de los mediadores puesto que el principal elemento para su desarrollo debe ser la labor que realicen los mejores expertos y profesionales de la negociación.

Mediacion es Justicia firma acuerdo CGPJ
Momento de la intervención de Josu Erkoreka, Consejero de Justicia del País Vasco




















Desde la junta directiva de GEMME-Europa se ha felicitado a la sección española, puesto que con este acuerdo se ha culminado el esfuerzo realizado por el conjunto de los miembros de la asociación, implantada en todo el país, que ha sabido coordinar el trabajo de muchos otros profesionales como ha quedado de manifiesto en los congresos y simposios que se han venido realizando en los últimos años, y con el impulso de los PNPM (puntos neutros de promoción de la mediación) que son ya un referente para otros países de Europa y Latinoamérica.

Fuente:
http://mediacionesjusticia.com/2015/04/27/la-cupula-del-poder-judicial-suscribe-un-acuerdo-para-impulsar-la-mediacion/

sábado, 11 de abril de 2015

CARTA ABIERTA A JUAN FERNANDO LOPEZ AGUILAR

CARTA ABIERTA A JUAN FERNANDO LOPEZ AGUILAR





Desde el mismo día de la promulgación de la Ley Orgánica Integral contra la Violencia de Género (LOIVG) hemos podido constatar que en realidad no se trataba de una ley para la defensa de la mujer maltratada, pues de ser así se hubiera redactado en términos muy diferentes y se hubiera tratado de mantener el fundamental principio de que todos somos iguales ante la ley penal.
No voy extenderme en las razones de inconstitucionalidad de dicha ley que en su día abundaron más de 130 jueces, la ley con más recursos de inconstitucionalidad de la historia de España, pero que pasó el filtro constitucional con la actuación torticera de su compañera de partido Monserrat Comes, entonces presidenta del TC.
La tesis oficial es que no existen falsas denuncias para obtener ventajas económicas y procesales con la aplicación de la ley, especialmente en los casos de divorcio.

¿Entonces es ud. un maltratador o una víctima de la ley?

Yo se lo diré. Según el artículo primero de la LOIVG que ud mismo promovió, desde la inconsciencia, es ud un maltratador puesto que por definición pertenece al colectivo de varones definido en el artículo primero de la ley. Es decir, aquellos que como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia.
No importa el tipo de delito concreto que se le atribuya. Ud. está ya condenado por el hecho de haberse puesto en marcha el mecanismo que la ley que ud y sus compañeros de parlamento tan alegremente votaron a instancias de la radical feminista Asociación de Juristas Themis.
Será juzgado en un tribunal especial de violencia para la mujer, según una ley con rango de ley orgánica, con la acusación conjunta del fiscal y de la defensa de la víctima (todo varón heterosexual es posible agresor y toda mujer heterosexual es posible víctima) quienes defenderán ante el juez que la conflictividad propia de un proceso de separación matrimonial es en su caso, violencia de género. Tendrá que invertir la carga de la prueba, someterse a un juicio degradante en que se fijará por parte del fiscal una pena desproporcionada a los hechos, en el que se pedirá que autoinculpe para no “ir más allá” (sentencia de conformidad), en el que se aceptará como prueba la palabra de la mujer y los testigos sin investigación alguna sobre su veracidad, en el que le rechazarán pruebas fundamentales para su defensa y en el que un forense dictaminará que la conducta que presenta su exmujer es una prueba definitiva de maltrato psicológico para considerarla persona maltratada según la tipología de la violencia de género. Con otras palabras, el juez se verá obligado a condenarle.

Bienvenido al club de los españoles denunciados a causa de la LOIVG, más de un millón de varones en España. La redada más grande de personas en el espacio de tiempo menor que ha habido en España en aplicación de una ley.
¿Creía ud que se iba a librar? ¿Lo piensan acaso el resto de varones de su partido o de cualquier otro que mantienen relaciones heterosexuales?
Cuesta creer que no sepan uds. para que ha sido promovida esta ley en España, cuando en realidad el problema de la violencia doméstica podría haber sido y puede ser tratado de una forma mucho más civilizada y eficaz.

Rafael Rodrigo Navarro. Es presidente de la asociación ALVIGE 
(Asociación de personas afectadas por la Ley Orgánica Integral contra la Violencia de Género).

https://www.facebook.com/notes/uni%C3%B3n-estatal-de-federaciones-y-asociaciones-uefadie/carta-abierta-a-juan-fernando-lopez-aguilar/1561505587471336?pnref=story

El ex ministro y la imposibilidad cósmica

El ex ministro y la imposibilidad cósmica



JOSÉ MANUEL AGUILAR CUENCA

La vida y sus azares no dejan nunca de sorprendernos. La probabilidad de ganar la Lotería Nacional es de 0,0000016%, algo que a todos seguramente nos parece una cantidad ridícula, lo que no quita que semana tras semana el Estado haga su agosto vendiendo décimos. Es casi tan probable como morir aplastado por un meteorito -0,0000014%-, pero menor que partido por un rayo - 0,00016%-; sin embargo, nadie piensa en esto último. Porque casi nunca pensamos que nos pudiera tocar a nosotros. Siempre es a otro, al vecino, al desconocido que salta de alegría ataviado con un gorro ridículo de Santa Claus comprado en el chino del que cuelgan dos trenzas amarillas. Hasta el día que te toca. 

El azar de la vida te puede venir en forma de cáncer, en forma de automovilista despistado o escalón resbaladizo, pero también de radical árabe mientras visitas un museo o piloto depresivo en un vuelo a Alemania. Nada de lo anterior es buscado o deseado, pero llega, ante nuestro estupor. 

Muchos operadores jurídicos - así llamamos a las personas vinculadas al quehacer diario en los juzgados y tribunales- hemos venido denunciando el uso instrumental de las denuncias de violencia de género en los procesos de Derecho de Familia, algo que el Estado, a través del CGPJ, pretendió desmentir afirmando que sólo se detectaban un 0,01% de tales casos al año, casi la misma probabilidad que viajar en un avión con el piloto borracho. Sin embargo, en la práctica diaria de abogados y peritos siempre advertimos a nuestros clientes que esa posibilidad es uno de los escenarios posibles y les enseñamos a protegerse de la mejor manera que podemos. Los automatismos de la Ley, con la detención e ingreso en el calabozo inmediatamente del denunciado, la posibilidad de la interposición de una orden de alejamiento y, especialmente, el traslado a un Juzgado de Violencia del procedimiento de divorcio es el beneficio inmediato buscado. Y luego, si todo se archiva, aquí paz y después gloria. 

El ex ministro de Justicia y actualmente eurodiputado Juan Fernando López Aguilar comienza a conocer de qué estoy hablando. El ministro bajo cuyo mandato se aprobó esta Ley ha sido denunciado por violencia contra su ex pareja. En su comunicado de prensa, afirma que es objeto de una denuncia falsa. No duda en repetir que los hechos denunciados faltan a la verdad, que ha sufrido amenazas, ataques a su honorabilidad y credibilidad, que personas del entorno personal y familiar de su ex mujer han decidido declarar contra él ante las investigaciones de la Policía y que todo ello es una estrategia inscrita dentro del procedimiento de divorcio en el que se encuentra. 

Nada de lo anterior me sorprende, porque lo que le está ocurriendo es precisamente lo que yo - como miles de profesionales en todo el territorio- vivimos día a día, con una frecuencia que se escapa a los cálculos del CGPJ. A lo anterior se suma el uso de los hijos menores como arma arrojadiza, un objeto de estudio en mi carrera profesional y un argumento que negó hasta el hartazgo el Gobierno del que formó parte el arriba citado. 

En momentos tan aciagos como los que ahora le toca vivir sólo puedo recomendarle que se rodee de buenos profesionales y que no olvide que aun en la adversidad es un privilegiado. Al ser aforado ha evitado pasar la noche en el calabozo, como han hecho decenas de miles antes que él por el mero hecho de estar denunciados. Para las horas de soledad que aún le quedan por vivir, tal vez como lectura le sería interesante el último informe sobre violencia de pareja publicado recientemente en Estados Unidos, como recopilatorio de tres años de trabajo de un grupo de 42 académicos de 20 universidades y centros de investigación que ha concluido, una vez más y ya van decenas, que lo que se afirma desde la doctrina política sobre la violencia de género no es cierto y que hay que enfrentar cambios en su abordaje. 

El Proyecto sobre el Estado del Conocimiento del Abuso en Pareja (PASK, por sus siglas en inglés) afirma, tras revisar más de 1.700 estudios publicados sobre este asunto, que la mayor parte de la violencia doméstica es mutua, que las mujeres son tan controladoras como los hombres, que la violencia doméstica de hombres y mujeres está correlacionada con los mismos factores de riesgo y sus motivaciones son similares en ambos casos. Algo que desmonta el tinglado que con tanto esfuerzo levantó el Gobierno del que formó parte. 

Aun así, no puedo terminar este artículo sin señalar que el caso del ex ministro es de suyo singular y, de algún modo, matemáticamente aterrador. Si, siempre según el CGPJ, la probabilidad de sufrir una denuncia falsa en un asunto de violencia de género es de 0,01%, en su caso, que ha sufrido dos como él mismo ha informado, debemos considerar que esa probabilidad es 0,01% x 0,01%, es decir, 0,00000001 o 0,000001%. Estamos, sin lugar a dudas, ante una imposibilidad cósmica, un extraño hecho digno de ser investigado con tesón y sin escatimar esfuerzos porque, no me cabe la menor duda, no hay nada que muestre con mayor rotundidad el fracaso de un sistema judicial que el hecho de encarcelar a un inocente. Y el citado lo es, hasta que se demuestre lo contrario.

http://www.diariodesevilla.es/article/opinion/2004179/ex/ministro/y/la/imposibilidad/cosmica.html

miércoles, 18 de marzo de 2015

CONCENTRACIÓN DE GDIE POR EL DIA DEL PADRE DIA 19 MARZO

CONCENTRACIÓN DE GDIE POR EL DIA DEL PADRE DIA 19 MARZO

La Asociación de Granada para la Defensa de la Igualdad Efectiva, “GDIE”, perteneciente a FADIE, hará una campaña informativa en Granada con

“MOTIVO POR EL DÍA DEL PADRE”



en la Plaza de la Caleta y alrededores, (junto a los juzgados de Familia), este próximo día 19 de Marzo del 2015 de 10:00h hasta 13:00h,

donde se repartirán panfletos entre otras y así recordarle a la ciudadanía sobre una moción ya presentada y aprobada por el pleno, no sólo por el Ayuntamiento de Granada, también por la Diputación Provincial de Granada a través de una Declaración Institucional apoyada por todos los partidos políticos, así como más de 50 municipios, (los más importantes de nuestra provincia), para que se apruebe definitivamente en el Congreso de los Diputados la

LEY de CORRESPONSABILIDAD PARENTAL y OTROS SUPUESTOS.

La Asociación de Granada para la Defensa de la Igualdad Efectiva, “GDIE”, perteneciente a FADIE, está luchando por la Igualdad real entre Hombres y Mujeres. Igualdad en derechos y obligaciones e Igualdad de Trato.
Uno de estos derechos fundamentales es el de convivir, criar y educar a nuestros hijos, por este motivo defendemos como forma natural de relacionarse para nuestros menores la Custodia Compartida. Con esto se evitaría que las Instituciones Públicas de nuestro país apoyadas en la Ley de violencia (mal llamada) de "Género" favorezcan el alejamiento de nuestros menores, del padre y de la familia paterna.

Por ello necesitamos unirnos mujeres y hombres, para conseguir derogar estas leyes sexistas y discriminatorias sustituyéndolas por otras más justas que no dañen a más familias.

Persona de Contacto: Paulino Gato, responsable de Acción de Calle de GDIE.

Tlfno de Asociación GDIE: 666 804 390

Email: granada.igualdad@gmail.com

ASOCIACIÓN Granada para la Defensa de la Igualdad Efectiva. - GDIE

Secretaría General de FADIE.
Anibal Moreno

martes, 24 de febrero de 2015

II JORNADAS SOBRE CUSTODIA COMPARTIDA EN ESPAÑA: UNA REALIDAD EMERGENTE










La ASOCIACIÓN GRANADA PARA LA DEFENSA DE LA IGUALDAD EFECTIVA, (GDIE),

perteneciente a la

FEDERACIÓN ANDALUZA PARA LA DEFENSA DE  LA IGUALDAD EFECTIVA, (FADIE),

colaboran para la coordinación y difusión de:



II JORNADAS SOBRE CUSTODIA COMPARTIDA EN ESPAÑA:

UNA REALIDAD EMERGENTE

5 y 6 Marzo de 2015


Aula Magna de la Facultad de CCPP y Sociología. Universidad de Granada


Dir. Diego Becerril. Dpto de Sociología

Organiza: SEJ131“Análisis de la Vida Social”
Colaboran: Dpto de Sociología. Dpto de Derecho civil.
Facultad CCPP y Sociología

 5 Marzo


16:30  Inauguración         
17:00  El tratamiento político de la custodia compartida en España
          D. Manuel Altava Lavall
          Senador del Grupo Parlamentario Popular
18:00 Situación jurídica actual de la custodia compartida
          Dña Marta Morillas Fernández.
           Prof Titular Acreditada. Dpto de Derecho Civil(UGR)
19:00  Mesa redonda: Problemática legal de la custodia compartida y su reforma
     D. Alejandro Martín Molina. Abogado
     Dña. María Jesús Jiménez Linares. Prof. Titular de Derecho Civil(UGR)
     D. Guillermo Orozco Pardo. Catedrático Derecho civil (UGR)   
     Modera: Dña. Julia Ruiz Rico. Catedrática Derecho civil (UGR)



6Marzo


9:00    La custodia compartida en Cataluña
          Dña Montse Solsona Pairó.
          Prof Titular Dpto. Geografía (UAB) Centro de Estudios Demográficos
10:00   Coparentalidad y custodia compartida
          Dña Francisca Exposito Jiménez. Catedrática de Psicología Social.
           Dpto Psicología Social (UGR)
11:00 Descanso
11:30  Economía y custodia compartida
          D. Diego Becerril Ruiz.
          Prof Titular. Dpto de Sociología (UGR)
12:30  Igualdad, mediación y custodia compartida
          Dña. Mar Venegas Medina y D. Antonio Lozano Martín.
          Dpto de Sociología (UGR)
13:30 Clausura


Esperamos vuestra asistencia.


Saludos cordiales.


Anibal Moreno.

Secretario General de FADIE.

martes, 27 de enero de 2015

Toni Cantó: "Yo no creo en la Ley de Violencia de Género sino en una que incluya protección a hombres, LGTB o ancianos"



Toni Cantó: "Yo no creo en la Ley de Violencia de Género sino en una que incluya protección a hombres, LGTB o ancianos"




MADRID, 23 (EUROPA PRESS)


El portavoz de Igualdad de UPyD en el Congreso de los Diputados, Toni Cantó, ha defendido, en una entrevista a Europa Press, que no cree en la vigente Ley de Violencia de Género, sino en una norma que incluya protección a hombres, al colectivo LGTB o a ancianos y discapacitados.


El portavoz de Igualdad de UPyD en el Congreso de los Diputados, Toni Cantó, ha defendido, en una entrevista a Europa Press, que no cree en la vigente Ley de Violencia de Género, sino en una norma que incluya protección a hombres, al colectivo LGTB o a ancianos y discapacitados.









"Yo no creo en la ley de violencia de género sino en la ley de violencia doméstica que incluya a hombres, colectivo lgtb, ancianos, discapacitados y evite ciertos efectos secundarios muy graves y que tienen que ver con que se haya retirado la presunción de inocencia a la mitad de este país", ha defendido el diputado de UPyD, en un tema con el que hace meses levantó la polémica.


Sobre el estudio presentado este martes por la Secretaría de Estado de Igualdad, que señala que el 33% de los jóvenes ve "aceptable e inevitable" el control a la pareja, Cantó sostiene que es una "demostración más" de que la asignatura de Educación para la Ciudadanía, ahora suprimida, "es más necesaria que nunca". "Lo que necesita España es educación, educación y educación. Más y mejor", ha apostillado.


Preguntado sobre si cree que el Gobierno está dando los pasos adecuados para combatir esta lacra, el también actor ha insistido en que España sigue "estancada" porque la vigente ley "no funciona" y sigue "sin proteger a las mujeres" y dejando fuera a "muchos colectivos".


EL GOBIERNO NO VA A MEJORAR LA LEY



Por otro lado, Cantó considera que el Gobierno no va a modificar la ley de violencia de género, a pesar de haberse pedido propuestas de mejora a los grupos parlamentarios, coincidiendo con sus diez años de puesta en marcha.


"El PP no va a modificar nada y va a tomar como suyas todas las tesis del PSOE. No se atreve en esto como en otros temas, y ni siquera en algo tan evidente como la custodia compartida. Me parece que lo que se hace es demagogia y el PP calca al PSOE", ha agregado.


En este sentido, defiende que hay que revisar la ley pero el Gobierno "no tiene narices" de hacerlo porque es caer "en el riesgo". "Ésta es otra de las razones de las que me siento orgulloso de mi partido. Vemos una injusticia y vamos a por ella aunque nos puedan quitar votos, no hacemos cálculo electoralista", sostiene el diputado de la formación magenta.


En cuanto a si el cambio de Mato a Alonso, en la cartera de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, se ha notado, Toni Cantó considera que "es más de lo mismo" y en los cambios de ministros y "no hay ni una mínima variación". "Sólo mínima de estilo en cómo comunican o hablan pero las políticas son las mismas, qué mas me da que se llame Mato o Alonso. Qué más me da", ha concluido.


(EuropaPress)

lunes, 19 de enero de 2015

ACTA DE DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE LA DIPUTACIÓN DE GRANADA A FAVOR DE LA CUSTODIA COMPARTIDA.

ACTA DE DECLARACIÓN INSTITUCIONAL DE LA DIPUTACIÓN DE GRANADA A FAVOR DE LA CUSTODIA COMPARTIDA.


A Petición de nuestra Federación Andaluza para la Defensa de la Igualdad Efectiva, (FADIE)!!, la Excma. Diputación Provincial de Granada insta al Gobierno de la Nación a promover las oportunas modificaciones legislativas con el objeto de considerar la custodia compartida como régimen preferente.


ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DE PLENO DE 22 DE FEBRERO DE 2011.
 (Con la asistencia única por parte de los padres afectados de nuestro representante D. Anibal Moreno).


20º.- MOCIÓN DEL GRUPO POPULAR: PROMOVER LA MODIFICACIÓN DE LA ACTUAL LEY DEL DIVORCIO (LEY 15/2005) EN RELACIÓN A LA APLICACIÓN DE GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA DE LOS HIJOS CON RÉGIMEN PREFERENTE, ASÍ COMO LA LIQUIDACIÓN DE BIENES GANACIALES EN LOS SUPUESTOS DE SEPARACIÓN O DIVORCIO.

Vista la Moción presentada por el/la Diputado/a del Grupo Popular Don Francisco Javier
Maldonado Escobar y Doña Carmen López Nieto, que fue dictaminada favorablemente por la
Comisión Informativa de Presidencia y Acción Política celebrada el día 16 de febrero de 2011.
La Presidencia da cuenta de una propuesta de Declaración Institucional, del modo que
sigue:
Los Grupos Políticos del PSOE, PP e IULV-CA de la Excma. Diputación Provincial de Granada
presentan al Pleno las siguientes PROPUESTAS DE ACUERDO:
1. Instar al Gobierno de la Nación a promover las oportunas modificaciones
legislativas con el objeto de considerar la custodia compartida como régimen
preferente en los supuestos de separación o divorcio, como apuesta por la
igualdad efectiva, por la distribución de responsabilidades y por las tareas en el
matrimonio y una vez terminado el mismo, en defensa del interés superior del
menor con exclusión expresa en situaciones de violencia de género.
2. Dar traslado a los grupos parlamentarios del Congreso y Senado, al Consejo
General del Poder Judicial y a la Fiscalía General del Estado.
El Portavoz del Grupo Popular pide que conste en acta la exposición de motivos de la
Moción del Grupo Popular.
Aceptada la petición, el Pleno, por unanimidad, adopta el siguiente ACUERDO:
"EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:
La preocupación por la protección del menor y de la familia ha sido una constante en las
democracias mas desarrolladas. Este principio se reconoce en el ar.39 de la constitución Española,
donde se señala la necesidad de adoptar políticas que garanticen la protección de las relaciones
familiares.
En España se produjeron el pasado año 124.419 rupturas de pareja. En estos procesos,
quienes mas sufren las consecuencias de los conflictos familiares son los hijos, y ene este sentido,
Granada tampoco es una excepción, ya que en nuestra población contamos con muchas familias
que sufren las consecuencias.
Numerosas familias granadinas acuden todos los años a los servicios municipales
solicitando ayuda para afrontar estas crisis de forma eficaz, esto es, minimizando sus efectos en el
conjunto de sus miembros e impidiendo que incidan negativamente en los menores.
Esta experiencia en la resolución adecuada de conflictos familiares y aplicación de
estrategias de protección de los menores, acumulada durante años, faculta al grupo popular de la
Diputacion provincial a plantear la siguiente proposición.
En España, la custodia de los hijos se encuentra regulada por el art. 92 del Código civil,
reformado por al Ley 15/2005, de 8 de julio que, en defecto de acuerdo entre los padres, configura
la guarda y custodia compartida como excepcional, siendo necesario para poder decretarla el juez,
el informe favorable del Ministerio fiscal. Esta limitación explica que las custodias compartidas
representen ten solo una de cada diez concedidas.
Establecer la preferencia en la custodia compartida, como se hace ya en los países
europeos mas avanzados, favorece el interés superior de los menores, promueve la igualdad entre
los progenitores y reduce la litigiosidad familiar. Esto no implica que la custodia compartida deba
ser la única elección posible ni que su aplicación sea rígida e idéntica en todos los casos y en la
adopción de las distintas medidas (residencia, periodos temporales, asignación económica,…)
El objetivo debe ser la consecución de un marco lo suficientemente amplio, flexible y
equitativo que permita dar cabida a todas las posibles opciones de la custodia, priorizando siempre
el interés superior del menor y corresponsabilizando a ambos progenitores.
Por todo ello, Los Grupos Políticos del PSOE, PP e IULV-CA de la Excma. Diputación
Provincial de Granada presentan al Pleno las siguientes PROPUESTAS DE ACUERDO:
1. Instar al Gobierno de la Nación a promover las oportunas modificaciones
legislativas con el objeto de considerar la custodia compartida como régimen
preferente en los supuestos de separación o divorcio, como apuesta por la
igualdad efectiva, por la distribución de responsabilidades y por las tareas en el
matrimonio y una vez terminado el mismo, en defensa del interés superior del
menor con exclusión expresa en situaciones de violencia de género.
2. Dar traslado a los grupos parlamentarios del Congreso y Senado, al Consejo
General del Poder Judicial y a la Fiscalía General del Estado.

Fuente en dipgra.es/documentos/plenos/acta2011-2

Sentencia Audiencia Provincial a favor de Custodia Compartida

Sentencia Audiencia Provincial a favor de Custodia Compartida, incluso con la negativa del Ministerio Fiscal.



Sentencia nº 523/2009 de 6 de noviembre de la Audiencia Provincial de Granada (Sección 5ª).

Tras una resolución tipo, en caso de divorcio, del Juzgado de Primera Instancia nº 16, este es recurrido a la Audiencia Provincial de Granada y la sentencia del Recurso de Apelación dice:

FUNDAMENTOS DE DERECHO:
A la petición de nuevo por el padre de que la custodia de los hijos sea compartida,…, según los datos que constan ambos cónyuges siguieron viviendo bajo el mismo techo, atendiendo conjuntamente las necesidades de menores.
Ambos menores sitúan a sus progenitores como cuidadores principales.
La distancia entre viviendas, no es grande.
El Juzgador niega la custodia compartida básicamente en la negativa del Ministerio Fiscal, según artº 92.8 CC.
Según sentencias de 28 de septiembre, 7 de diciembre 2007 y 22 de Febrero y 11 Julio 2008 y 24 Julio 2009 “la custodia compartida, introducida legalmente por la Ley 15/2005 de 8 de Julio que modificó el articulo 92 del código, es una posibilidad más del ejercicio de una de las facultades de la patria potestad.
Según exposición de Motivo de la Ley 15/2005, muestra su predilección porque “los hijos continúen teniendo una relación fluida con sus progenitores”, “cualquier medida que imponga trabas o dificultades a la relación de un progenitor con sus descendientes debe encontrarse amparada en serios motivos y ha de tener por justificación su protección ante un mal cierto o la mejor realización de su beneficio e interés”.
Garantizar además por unas pautas armoniosas de comportamiento y relación entre los padres, apartada de conductas, hábitos o prácticas que pudieran revelar indicios fundados de violencia doméstica”.
Las mismas resoluciones judiciales afirman otorgarla por la vía excepcional del número 8 del artículo 92 CC.
No existe ningún “mal cierto” para los menores con la implantación del modelo, sino que se constate un beneficio indudable para ellos, la capacidad de los progenitores para el desempeño de la función de guarda, el grado de armonía o conflictividad entre ambos, la edad de los hijos, las circunstancias geográficas y convivenciales de los progenitores, la disponibilidad para la guarda o las razones de oposición a la custodia compartida.
La negativa del Ministerio Fiscal no debe ser valorada como un presupuesto determinante para no establecer la custodia compartida.
Las premisas para conceder la custodia compartida:
a)      Los menores presentan vinculación afectiva con ambos progenitores, situando ambos como cuidadores principales.
b)     Los menores no experimente una sensación de perdida de uno de los progenitores.
c)      Deseo expresado por menores de convivir con ambos.
d)     Buena adaptación personal, escolar y social de los menores.
e)     Estilo educativo de ambos progenitores adecuado para el desarrollo optimo del los menores.
f)       Compatibilidad de las pautas de crianza y educativas de ambos progenitores.
g)     Disponibilidad personal y profesional de ambos progenitores para el cuidado y atención de los menores.
h)      Buena comunicación interparental en relación con los hijos, en una dinámica de respeto mutuo, sin desprestigiar el papel del otro  progenitor.
i)        Disponibilidad de dos viviendas.
j)        La convivencia en los dos domicilios no suponga riesgo para los menores, evitando el transporte de maletas de un lado a otro.
k)      Ambos padres reunen las competencias adecuadas, necesarias para el correcto cuidado de los menores y atención de sus necesidades básicas.

         Idoneidad de los dos, para ejercer por si mismos la guardia y custodia.

El fallo acordado es la custodia  compartida a favor de los padres, con un régimen estimado.